La administración de fincas es un oficio bastante cotizado en la actualidad, que consiste en una responsabilidad constante sobre los bienes y la propiedad de otro. Es por ello que se exige una serie de elementos primordiales para la correcta certificación de los conocimientos acerca de este trabajo.
El administrador de fincas profesional se define como una persona contratada por los propietarios de un inmueble de gran extensión que entra en la categoría de finca por el espacio geográfico que ocupa, para que lo administre y gestione a nivel legal, financiero y técnico a fin de garantizar el correcto funcionamiento del bien, es decir, mantener la comunidad de propietarios debidamente constituida y protegida asesorándoles en los trámites necesarios.
Todos estos conocimientos se han centralizado a fin de garantizar la capacidad de los que se promocionan para ejercer el oficio en el territorio español, concretamente existiendo el órgano rector denominado como el Consejo General de Colegios administradores de Fincas España, en el cual convergen todos los colegios a lo largo y ancho del territorio nacional, según las regiones correspondientes.
En este artículo te mostraremos los requisitos más importantes para que puedas acceder a la educación profesional necesaria para ser un administrador de fincas profesional y capaz. Así que continúa leyendo si quieres conocer todos los datos importantes para poder ejercer en esta tan importante profesión de una manera objetiva y debidamente organizada.
Requisitos para administrador de fincas colegiado
Primero que nada, hay que decir que un administrador de fincas debe cumplir con el requisito principal de la colegiación, es decir, sin importar otros elementos como la experiencia o cantidad de conocimientos adquiridos, cualquiera de los profesionales que operan en este sector deben estar colegiados, de no ser así debe entenderse como que no están habilitados para el ejercicio las funciones correspondientes a este trabajo.
Es por ello, que tanto si vas a estudiar para convertirte en un administrador de fincas, como si quieres contratar alguno para que administra tu propiedad, lo primero que tienes que tener en cuenta es la importancia de exigir se certifique la colegiación del profesional que está postulándose para el cargo.
Ahora bien, en cuanto refiere a las regulaciones legales que hablan de la capacidad de los profesionales para acceder al trabajo de administrador de fincas, debemos decir, que siempre se pretende que sean aquellos que han estudiado una carrera a fin con el tipo de labores que va a realizar, por ejemplo;
Tener titulación superior de una carrera como; Derecho, Económicas, Ciencias Políticas, Administración y Dirección de empresas, la facultad de Empresariales, o cualquier otra que entre en esta definición.
Aunque también se puede optar por cursar y aprobar el plan de estudios de la escuela oficial de administradores de fincas, un órgano capacitado a nivel nacional para la impartición y consecuente certificación de los conocimientos referidos a esta profesión.
Es esta manera específica se imparte en muchas universidades de España, como un título propio obtenido a lo largo de una carrera, y el curso tiene una duración estimada de alrededor de tres años.
En cuanto a los requisitos legales que debes cumplir para poder acceder al trabajo de administrador de fincas hemos de decir que el artículo 13.6 de la Ley de propiedad Horizontal vigente concluye que el cargo lo podrá ejercer;
- Cualquier persona física en cuanto demuestre cualificación suficiente y legalmente reconocida.
- Corporaciones y otras personas jurídicas en cualesquiera de los términos establecidos en el ordenamiento jurídico correspondiente.
También hay que mencionar que la Ley 25/2009 indica en su artículo 3.2 que la colegiación es un requisito indispensable, tal como lo establecimos con anterioridad en el presente artículo, a fin de hallarse incorporados los profesionales correspondientes al Colegio profesional correspondiente, cumpliendo con los requisitos de la Ley estatal.
Eso sí, no debe entenderse que es una obligación la colegiatura, sino más bien un requisito indispensable para que se pueda ejercer como administrador debidamente certificado y reconocido por los organismos competentes, es decir, aun cuando no te hayas formado puede que debido a motivos externos seas elegible para el ejercicio de esta profesión, según lo requiera y vea conveniente el cliente interesado.
Requisitos para la inscripción en el colegio de administradores de fincas
A continuación, enumeraremos los requisitos indispensables para el ejercicio de la profesión de administradores de fincas en el territorio español, todo ello conforme a lo establecido mediante comunicado por el Consejo General de Colegio Profesional de Administradores de Fincas y los Colegios nacionales competentes en todo el territorio según sea el caso.
- En el caso particular del Colegio de administradores de fincas de Madrid, hay que decir que los requisitos inexcusables a nivel administrativo para formalizar la inscripción, los cuales son:
- Solicitud por duplicado en modelo oficial (una de las dos solicitudes se remitirá al Consejo General).
- Fotocopia del Título, compulsada por el Colegio donde se presenta la instancia o, en su defecto, una certificación académica y justificante de haber abonado las tasas para la expedición del Título que se invoca.
- Tres fotografías (dos de ellas se remitirán al Consejo General).
- Declaración jurada de no estar incurso en inhabilitación.
- Diligencia del Colegio certificando el alta del nuevo colegiado/a.
- Fotocopia del DNI.
Por otra parte, se establecen una serie de requisitos a nivel económico igual de relevantes para el ejercicio de esta profesión, como lo son;
- La cuota de entrada que tenga establecida el Colegio, y la cuota de tramitación y expedición del título profesional, del Consejo General.
- La cuota mensual que corresponde en el Colegio en que se solicita el ingreso.
- La fianza que se determine por el Colegio.
Así como también el mismo Colegio de Administradores de Fincas de Madrid cuenta con un catálogo que dan acceso directo a la colegiación con base en el principio anteriormente expuesto, donde se dice que hay profesiones a fines que una vez es obtenida la titulación correspondiente a las carreras como Derecho, Económicas o Empresariales, puede ejercerse esta profesión sin perjuicio de los elementos formativos que se solicitan.
Ventajas y garantías de contratar un administrador de fincas colegiado
Cabe destacar que siempre la decisión queda de tu parte al momento de contratar un administrador para tu inmueble que requiere la atención y constante cuidado de un profesional que salvaguarde tus intereses. Sin embargo, aquí te enumeraremos una serie de ventajas que tiene contratar un administrador de fincas colegiado conforme a las disposiciones debidamente establecidas a nivel legal.
Las ventajas son las siguientes;
- Tendrás certeza de que la capacitación profesional del administrador contratado, quien ejercerá todos los trámites y acciones necesarias para salvaguardar tus intereses personales y tu titularidad de la propiedad del inmueble.
- Tendrás la garantía y el aval de una institución respetable y competente a nivel nacional de la administración de fincas, de forma tal que siempre podrás optar por las reclamaciones correspondientes según sea el caso debido, en el que no se ejerza correctamente la labor.
- Contarás con la capacidad de identificación al respecto de la adquisición de servicios profesionales debidamente establecidos conforme a la normativa competente en España.
- Tendrás la disposición de conseguir un profesional capaz y efectivo en las funciones debidas a esta profesión que además podrá actuar frente a los organismos competentes sin perjuicio de sus titulaciones profesionales, gracias a la colegiación.
En tal sentido hemos de decir que contratar o no, un profesional colegiado es algo que depende enteramente de ti, pero que te recomendamos encarecidamente que hagas, pues aquellos que no cuentan con el aval de los Colegios de Administradores de Fincas, puede que tengan un accionar limitado en razón de la cantidad de trámites que deben hacerse para salvaguardar tu propiedad.